Durante los primeros diez días de febrero varias clínicas privadas en Argentina anunciaron su rechazo a practicar abortos y exigieron una legislación y mecanismos que reconozca la objeción de conciencia individual e institucional de forma clara y sin restricciones.
En el lapso de una semana cuatro grandes centros médicos se posicionaron públicamente: el Sanatorio y Clínica Rivadavia de San Luis, el Instituto Médico de Alta Complejidad (IMAC) de Buenos Aires, la Clínica Integral Oberá de Misiones y el Instituto Médico Río Cuarto de Córdoba.
En comunicado emitido el 8 de febrero, el Sanatorio y Clínica Rivadavia anunció que la institución y el cuerpo médico de ginecología y obstetricia «en el pleno uso de derechos de libertad de conciencia y en el marco la Ley 27610 se han declarado objetores de conciencia respecto a la interrupción voluntaria del embarazo [IVE]».
«Nuestra visión y misión traen aparejadas el respeto a la libertad de conciencia individual y del conjunto, por tanto y en virtud de mantener y sostener nuestras convicciones y valores, es que el Sanatorio y Clínica Rivadavia no brindará servicios de interrupción voluntaria del embarazo«.
El IMAC de Buenos Aires en comunicado del 5 de febrero informó que «procederá a hacer uso de que confiere la referida ley respecto de la objeción de conciencia, y en consecuencia no procederá a realizar prácticas médicas en correspondencia con el IVE».
El instituto pidió «una legislación que contemple la objeción de conciencia individual e institucional, que respete la libertad de pensar y de creer, de asociarse y de trabajar, de cuidar y de curar, de salvar y de sanar, sin que se corra el riesgo de prisión, de inhabilitación o de clausura por actuar de acuerdo a la propia conciencia e ideario«.
El IMAC también solicitó «la creación del ‘Registro de efectores y objetores de IVE‘, corno una herramienta sanitaria de gestión que, permitirá la derivación directa y sin dilaciones de los pacientes, como así también la organización de turnos, guardias y licencias dentro de cada institución».
El Instituto Médico Río Cuarto, de la provincia de Córdoba, anunció el viernes 5 de febrero que, junto a la totalidad de sus ginecólogos y obstetras, se declararon como objetores de conciencia. Y la Clínica Integral de Oberá también señaló que no practicará abortos.
La nueva ley 27610 del aborto, propuesta por el presidente Alberto Fernández y aprobada el pasado 30 de diciembre, determina que toda mujer que lo desee puede pedir se le practique el aborto hasta la semana 14 de gestación, sin necesidad de establecer causal alguna; fuera de ese plazo se puede abortar si la mujer alega que el embarazo es producto de una violación o si se valora que está en peligro su vida o su «salud integral«.
Ese concepto de «salud integral» abre las puertas al asesinato de bebés en gestación alegando, por ejemplo, motivos socioeconómicos o psicológicos, ya que la Organización Mundial de la Salud la define como «un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades«.
Los artículos 10 y 11 de la ley abortista permiten la objeción de conciencia pero de forma restrictiva y acotada, con algunas limitaciones que obligan al profesional o a la institución a derivar a la mujer a un profesional o local que sí la atenderá; y si se trata de un caso en que la vida o la «salud» de la gestante está en riesgo no es posible la objeción.
Además, la ley incorpora el artículo 85 del Código Penal que establece que «será reprimido o reprimida con prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena, el funcionario público o la funcionaria pública o la autoridad del establecimiento de salud, profesional, efector o personal de salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados«.
Este dispositivo viola el derecho a la objeción de conciencia que se desprende de los artículos 14 y 19 de la Constitución Nacional. La Universidad Católica Santa Fe y la Asociación Civil Ojo Ciudadano cuentan con un Protocolo de Objeción de Conciencia (puede ser consultado aquí) y la Asociación para la Promoción de los Derechos Civiles tiene un modelo de Manifestación de Objeción de Conciencia (puede ser descargado aquí) que puede ser útil para los profesionales e instituciones argentinas que se niegan a practicar abortos.